Por Daniel Sumalavia
Tras haber
tenido que soportar las peleas de todos los años, las aburridísimas discusiones
entre si se debe festejar la noche de brujas y la celebración de nuestra música
criolla, voy a aprovechar para hacer piedades de promoción de temporada, hoy
venimos con un 2 X 1 y así celebramos, de la forma de más nos guste, pero
celebramos, eso es lo más importante.
El criollismo de dominio público
Hace un
tiempo, a partir de una película que estaba produciendo una amiga me surgió un
conflicto, ya que como hemos visto varias veces, para usar una obra musical
sincronizada con una obra audiovisual es necesario contar con la autorización
del autor, lo que en mucho de los casos implica tener que negociar el pago de
los derechos patrimoniales, ya sea al propio autor o al tercero que administre
este derecho.
Esto termina
siendo un costo a veces inmanejable para el autor de la obra audiovisual y no
lo digo porque sea injusto que el autor de la obra musical reciba un pago por
el uso de su obra, sino porque el presupuesto para hacer cine en el Perú suele
ser muy bastante escaso.
Es en estos
casos en los que recomiendo no olvidar un recurso que da la ley de derechos de
autor (Decreto Legislativo 822) para poder usar una obra de forma gratuita, que
es utilizar obras que ya se encuentren en dominio público, que es el caso que
se da cuando ya han transcurrido más de 70 años desde la muerte del autor,
momento a partir del cual se puede utilizar la obra sin requerir autorización,
siempre reconociendo los derechos morales del autor.
Ahí surge una
tarea interesante, que es revisar aquellas obras cuyos autores hayan fallecido
antes del año 1942 e ir no solo generando una base de datos de obras de la
música popular del Perú que ya estén en dominio público, no solo para poder
utilizarlas en nuevas obras, sino también para recuperarlas para las nuevas
generaciones.
Los disfraces y el derecho de autor
El otro tema
que surgió de una conversación en tuiter es el relativo a los disfraces que se
usan para las fiestas de Halloween. Antes era solo la noche de brujas, entonces
los disfraces eran brujas, fantasmas, mounstruos, pero con el pasar del tiempo
se ha ido cambiando mucho, tanto en niños como adultos, dando paso a disfraces
que actualmente pueden ser de cualquier personaje, por más que no den el más
mínimo miedo.
En el caso de
los niños y niñas, ahora lo que más
emociona es ser el superhéroe que puede con todo o la princesa del cuento (ya
no la libran con el disfraz de gitana o de vampiro de nuestra época). La
mayoría de estos personajes son de autoría de los grandes mounstruos mediáticos
como DC Comics, Nickelodeon, Warner y Disney (que ahora va desde el disfraz de
Mickey Mouse a Spiderman y tras los sucesos de la última semana Darth Vader).
Comprar un
disfraz de alguno de estos personajes tiene una implicancia también para el
derecho de autor ya que todos los personajes pertenecen a sus correspondientes
autores y en los casos antes mencionados a los titulares de los derechos
patrimoniales de estos. Esto significa que si yo quiero usar un disfraz de
algún personaje conocido para mi hijo, sobrina, nieto o ahijada tendría que
comprar un producto licenciado por la marca, dicho en otras palabras un “disfraz
original”, lo cual no solo es bastante más caro, sino que en no todos los casos
existen los disfraces (esto es lo que la ley dice al respecto, no me tiren los
tomates a mi).
Quienes no van
a tener mucho inconveniente con los temas de derechos de autor de sus disfraces
de Halloween son las chicas ya mayores que últimamente, lejos del terror, le van
a la secretaria sexy, la policía sensual o la enfermerita calentona, ahí no hay
un derecho de autor de por medio así que puede continuar por esa línea de
calateo (desnudamiento para mis amigos no peruanos).
Para cerrar
esta piedad, comparto una réclame que es simplemente genial, como un pequeño
homenaje a todos esos padres y madres que se rompen la cabeza para cumplirle el
sueño del disfraz perfecto a sus pequeños y pequeñas :o) (es muy muy muy
gracioso).
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