Por: Viana Rodríguez

La semana pasada estaba tomando un café con un amigo diseñador gráfico, que me contaba que estaba pasando por una etapa creativa árida. Pero como el trabajo no espera la inspiración de las musas, le había llegado un encargo para que diseñase algunas figuras que irían estampadas en unos polos.

Diseñador: "Entonces como no me sale inspiración de ningún lado, voy a comenzar a buscar en Internet imágenes con esa cosa... tú debes saber... eso pues... Creative Commons creo que se llama. Y de ahí, bajo la imagen, le hago unos cuantos cambios y se lo vendo a estos chicos que quieren hacer polos."


Yo (casi atorándome con el café): "Pero, pero, es que eso no es necesariamente así!"


Diseñador (con cara de "que pesada esta abogada complicándome la vida"): "Sí!!! Con los Creative Commons puedes hacer cualquier cosa con la obra."


NO, NO Y VEINTE VECES NO.


Los Creative Commons (CC) no son una carta abierta para hacer lo que uno quiera con una obra. Los CC son licencias que brindan herramientas a los autores para que puedan establecer determinados permisos y condiciones sobre sus obras. Algunos son super amplios, pero otros no tanto. Y eso depende de las 4 principales propiedades que presentan los CC:


1. Attribution: Que se representa a través de la figura de una personita o de la palabra BY encerrada en un círculo. Si en una obra licenciada por CC está presente cualquiera de estas dos figuras, la persona que copie la obra deberá consignar quién es el autor, porque el uso de la obra está condicionado justamente a que se reconozca la paternidad de la misma.


2. Noncommercial: Esta propiedad de los CC establecen que el que utilice la obra no puede hacerlo para lograr una ganancia económica. Es decir, no puede ser aplicada con fines lucrativos. Por ejemplo, en el caso de mi amigo diseñador, si él reproducía una imagen licenciada con CC con la condición Noncommercial, no podría vender posteriormente su trabajo para que se plasme en polos.


3. No Derivate Works: Cuando se elige esta condición, el autor da permiso para que su obra sea usada, tal cual es, sin poder modificarla, ni agregarle nada. De querer transformar la obra, se le tendrá que pedir autorización al autor. Entonces, si la obra licenciada con CC tiene esta condición, mi amigo diseñador no podría hacerle "unos cuantos cambios" para que quede como resultado una nueva obra.


4. Share Alike: Que es la figura de una C invertida que termina en una flecha. Es también conocida como la cláusula viral porque "contagia" a la nueva obra de las condiciones de la obra original. Esto es, obliga a quien copie la obra a compartirla del mismo modo, es decir, con las mismas condiciones que estableció el autor original. Por ejemplo, si el autor estableció que la obra original sí permitiría modificaciones, pero que serían con fines no comerciales, pues la nueva obra deberá tener exactamente las mismas condiciones. Con esto se busca que las obras derivadas creadas sobre la base de obras licenciadas con CC mantengan el espíritu del libre compartir.


Así, si un autor desea que su obra tenga una licencia de Creative Commons, puede combinar estas cuatro condiciones (Attribution, Noncommercial, No Derivate Works, Share Alike). Por ejemplo, podrá crear una licencia que permita las obras derivadas, pero sin fines comerciales; u otra licencia que obligue a citarlo como autor, pero copiando su obra tal cual, sin realizarle modificaciones.


Así, los autores tienen a la mano herramientas fáciles para licenciar sus obras sin tener que recurrir a un contrato con cláusulas enredadas redactadas por un abogado (¡Que pesados los abogados!).


Aquí les dejo dos casos interesantes. El primero referido a un nuevo modelo de auto de Fiat, cuyo diseño se encuentra bajo la licencia CC:


http://www.neoteo.com/fiat-mio-el-primer-auto-creative-commons.neo


Y un caso de plagio de una obra licenciada bajo CC, narrado por una blogger colombiana, que además de explicarlo muy bien, es divertidísima:


http://blogs.elespectador.com/cruiz/2009/11/12/manual-de-carreno-para-ladrones-digitales/

1 comentarios:

Por Piedad Intelectual dijo...

¿Sabias que Chile es el país latinoamericano con más licencias de CC (350 millones) en proporción a su población, según estadísticas publicadas por Creative Commons?

Entra al siguiente link y conoce más:

http://www.radiobiobio.cl/2010/02/24/chile-es-el-pais-latinoamericano-que-usa-mas-licencias-creative-commons/

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